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remio Anual de Arquitectura, Urbanismo, Investigación y Teoría

prem_c2.jpg (32422 bytes)El COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ha implementado el PREMIO ANUAL DE ARQUITECTURA, URBANISMO, INVESTIGACION Y TEORIA que consiste en premiar obras de arquitectura terminadas, estrategias urbanas, investigaciones y trabajos teóricos que, a criterio del Jurado nombrado a tal efecto, sean destacables por el nivel alcanzado.
Es objetivo del CAPBA el debate permanente sobre aspectos teóricos y prácticos del quehacer profesional, conscientes de la construcción de esta propuesta en el tiempo y dispuestos a efectuar modificaciones consensuadas.
Para lograr el orden necesario y garantizar la mayor seguridad y equidad a los participantes se establece el siguiente:

REGLAMENTO OBRAS TERMINADAS

TITULO I - GENERALIDADES

Artículo 1º. - OBJETIVOS

a) Premiar, mediante una selección efectuada por un Jurado idóneo, aquellas obras construidas que por su calidad se consideren un aporte a la cultura y a la actividad profesional.

b) Incentivar y prestigiar la labor intelectual de los Arquitectos premiando obras que realcen, entre otros, los siguientes aspectos:

- los valores arquitectónicos y urbanísticos logrando un justo equilibrio entre la propuesta y los condicionantes económicos, sociales y culturales.
- los valores de la arquitectura regional, dentro del marco de la Provincia de Buenos Aires.
- la búsqueda de un lenguaje que exprese la cultura regional.
- la relación de la obra con su entorno inmediato (la naturaleza, el barrio, la ciudad).
- el buen uso de los materiales.
- la adopción de tecnologías apropiadas o de uso corriente en la zona de construcción de la obra.

c) Publicitar el resultado obtenido para contribuir a esclarecer a la comunidad sobre ejemplos de buena arquitectura que contribuyan al mejoramiento de nuestro hábitat.

d) Promover el rescate, conservación, reciclaje y/o revalorización de obras que se consideren con valor arquitectónico patrimonial.

Artículo 2º: ANTIGÜEDAD DE LAS OBRAS Y CATEGORIAS

Se consideran 2 (dos) grandes grupos:

  • obras de hasta 10 años de antigüedad.

  • obras con más de 10 años de antigüedad.

En ambos grupos se tendrán en cuenta distintas categorías, para las que se establecen parámetros sobre la base de superficie cubierta que el jurado considerará al solo efecto indicativo, pero con la facultad de agrupar, eliminar o crear nuevas categorías de acuerdo a los objetivos del Premio.
A modo de guía se propone:

1. - Vivienda de interés social (individual o colectiva, aplicable a todos los ¡tems que siguen)
2. - Vivienda individual hasta 150 m2.
3. - Vivienda individual de más de 150 m2.
4. - Viviendas colectivas: edificios hasta planta baja y tres (3) niveles.
5. - Viviendas colectivas: edificios de más de tres (3) niveles.
6. - Conjuntos de viviendas.
7. - Reciclados en obras residenciales.
8. - Reciclados en obras no residenciales.
9. - Autoconstrucción.
10. - Los demás edificios no residenciales (administración, comercio, culto, educación, salud, etc.) se podrán categorizar de acuerdo a sus metros cuadrados y a sus usos; proponiéndose para el primer aspecto la siguiente escala: hasta 500 m2; de 500 a 2000 m2; más de 2000 m2.

Artículo 3º: CONDICIONES A REUNIR POR LAS OBRAS

1) Se admitirán únicamente obras construidas en jurisdicción del CAPBA.

2) Podrán presentarse obras cuya antigüedad date de hasta y más de 10 (diez) años a la fecha, las que serán encuadradas en sus respectivos Grupos.

3) La obra, ya sea pública o privada, deberá   estar construida en un 100% y haber cumplido con todas las reglamentaciones vigentes, tanto municipales como provinciales y del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires.

4) Quedan excluidas todas las obras de cualquier categoría que hubiesen sido presentadas anteriormente al presente Concurso.

Artículo 4º: PARTICIPANTES

Podrán participar del presente Concurso todos los profesionales ARQUITECTOS que acrediten su estado matricularal momento de realización de la obra presentada, con residencia o no en jurisdicción del CAPBA y también, como integrantes del equipo, profesionales de otras disciplinas.

Artículo 5º: INSTANCIAS

a) Distrital: Las obras presentadas en los Distritos serán evaluadas por el Jurado quien efectuará una NOMINACION, según su criterio, de aquellas que considere en condiciones de acceder a la Instancia Provincial. Dicha nominación se hará por categorías y sin ningún tipo de clasificación ni orden de mérito.

b) Provincial: Las obras NOMINADAS por los Jurados distritales pasan a competir a la instancia provincial.

TITULO II – INSTANCIA DISTRITAL

Artículo 6º: PRESENTACION DE LAS OBRAS

  • DOCUMENTACION GRAFICA
    La presentación será absolutamente libre pero permitiendo una fácil interpretación de la obra, constando de planos, fotografías exteriores e interiores, al igual que de su entorno, y datos sobre ubicación, proyectista, director de obra, propietario, año de ejecución, etc.

  • VIDEO
    Finalizada la instancia distrital, las autoridades de cada Distrito podrán enviar al Consejo Superior un VIDEO de las obras NOMINADAS y que pasen a la instancia provincial, mostrándolas exterior e interiormente y en su entorno inmediato, a fin de contribuir a la valoración del Jurado Provincial.

Artículo 7º: ASESOR

El Consejo Directivo de Distrito designará un Asesor, del Cuerpo de Asesores distrital, a fin de dar cumplimiento al presente Reglamento, evacuar las consultas, recibir los trabajos presentados y colaborar con el Jurado.

Artículo 8º: RECEPCION DE LOS TRABAJOS

Los trabajos se recibirán en las sedes de los respectivos Distritos y/o Delegaciones del COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Artículo 9º: JURADO

Estará  conformado de la siguiente manera:

a) Un (1) Arquitecto miembro del Cuerpo de Jurados Distrital, elegido mediante un sorteo entre los que estén en condiciones de participar.

b) Un (1)Arquitecto invitado por las autoridades distritales (puede pertenecer a cualquier Distrito o Colegio)

c) Un (1) Arquitecto elegido por los participantes, surgido del Cuerpo de Jurados del Distrito. Dicho Jurado se elegirá por simple mayoría de votos (el voto se entregará  en sobre cerrado en el momento de la presentación de los trabajos).

En este mismo acto y por el mismo medio, los participantes votarán, además, un Jurado del Cuerpo de Jurados Provincial, para esa instancia.

Los Jurados deberán excusarse de actuar como tales en caso de presentar trabajos o que ellos fuesen presentados por el socio, colaborador, empleado o empleador de los mismos.

Artículo 10º: FACULTADES DE LOS JURADOS

Serán atribuciones del Jurado:

1. Nominar las obras que en cada categoría concursarán en la instancia provincial. Dichas nominaciones deberán refrendarse por acta, que será elevada al Jurado que actúe en la instancia provincial.

2. Otorgar premios distritales a las obras nominadas, refrendadas por Acta que será elevada al Consejo Directivo del Distrito, los cuales no serán vinculantes con la Instancia Provincial.

Artículo 11º: PREMIOS

Todos los trabajos nominados para competir en la instancia provincial se distinguirán de la siguiente manera:

  • Plaqueta y diploma para los propietarios, conteniendo sus nombres y los de los profesionales intervinientes, categoría de la obra y fechas de construcción y del certamen.

  • Medalla y diploma para cada uno de los Arquitectos autores de la obra.

  • Si en los equipos premiados hubiese integrantes de otras profesiones a éstos se les entregará diplomas.

TITULO III – INSTANCIA PROVINCIAL

Artículo 12º: PRESENTACION DE LAS OBRAS

  • DOCUMENTACION GRAFICA
    Las obras nominadas en el Distrito deberán presentarse sobre paneles semirígidos livianos, de 1,00 x 0,70 m llevando en el borde inferior derecho una oblea, que será provista por el mismo Distrito, identificando al Premio Anual, al CAPBA y la obra.

    Deberá constar de planos en escala libre, fotografías y memoria descriptiva que podrá incluir, además, el sustento teórico de la obra realizada.

  • VIDEO
    Cada Distrito podrá acompañar de un Video las obras NOMINADAS que pasen a la instancia provincial, a fin de mostrarlas exterior e interiormente y en su entorno inmediato, y para contribuir a la valoración del Jurado Provincial.

Artículo 13º:ASESOR

El Consejo Superior designará un Asesor, del Cuerpo de Asesores provincial, a fin de dar cumplimiento al presente Reglamento, evacuar las consultas, recibir los trabajos presentados y colaborar con el Jurado.

Artículo 14º: RECEPCION DE LOS TRABAJOS

Los trabajos para la instancia provincial serán recepcionados en la sede del CONSEJO SUPERIOR del CAPBA - Bvard. 53 nº320, La Plata.

Artículo 15º: JURADO

Estará conformado de la siguiente manera:

a) Dos (2) Arquitectos del Cuerpo de Jurados Provincial, elegidos mediante un sorteo entre los que estén en condiciones de participar.

b) Dos (2) Arquitectos invitados por las autoridades provinciales del CAPBA.

  1. Un (1) Arquitecto elegido por los participantes durante la instancia distrital, surgido del Cuerpo de Jurados Provincial del CAPBA. Dicho Jurado se elegirá por simple mayoría de votos (el voto se entregará  en sobre cerrado, en el momento de la presentación de los trabajos en el Distrito, el que será   abierto en el Consejo Superior al cierre de la instancia provincial).

Los Jurados deberán excusarse de actuar como tales en caso de presentar trabajos o que ellos fuesen presentados por el socio, colaborador, empleado o empleador de los mismos.

Artículo 16º: FACULTADES DE LOS JURADOS

  1. Podrán  crear nuevas categorías y otorgar menciones en cada una de ellas.

  2. Una vez elegidos los premiados el Jurado confeccionará  un Acta en la cual consten los premios otorgados y los declarados desiertos, si los hubiere, como así también la correspondiente crítica.

  3. El fallo se logrará  por simple mayoría de votos, con constancia en el Acta y será inapelable.

Artículo 17º: PREMIOS

Se establecen primero, segundo y tercer premio para cada categoría, otorgándose, en estos casos:

  • Plaqueta y diploma para los propietarios, conteniendo sus nombres y los de los profesionales intervinientes, categoría de la obra y fechas de construcción y del certamen.

  • Medalla y diploma para cada uno de los Arquitectos autores de la obra.

  • Un Trofeo (objeto escultórico) para el Arquitecto o el equipo autor de la obra.

  • Si en los equipos premiados hubiese integrantes de otras profesiones a éstos se les entregará diplomas.

  • A los trabajos distinguidos con menciones se les entregarán diplomas.

TITULO IV – VARIOS

Artículo 18º: DEVOLUCION DE LOS TRABAJOS

El CAPBA, tanto a nivel distrital como provincial, podrá disponer por el plazo de un año de los trabajos presentados para permitir su exposición; procediendo a su devolución al concluir el mismo.

Artícula 19º: PUBLICACION

El CAPBA publicará y distribuirá anualmente los trabajos premiados, en forma gratuita entre todos sus matriculados, entidades afines e instituciones municipales, provinciales y nacionales.

Artículo 20º: ACTOS Y DIFUSION

EL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES entregará los premios en acto público y difundirá el resultado en los medios y la prensa especializada.

TITULO V – PREMIO MIES VAN DER ROHE DE ARQUITECTURA LATINOAMERICANA
Instituido por la Fundación Mies Van der Rohe de Barcelona.

Todos los años, será atribución del Jurado Provincial la selección de una obra entre las premiadas a fin de concursar en dicho Premio, que se otorga con carácter de único y bienal.

La obra seleccionada deberá haber sido terminada dentro del año de la convocatoria para la presente edición del Premio del CAPBA y a fin de cumplir con las bases de la Fundación, distinguiéndose por una combinación de cualidades como la excelencia y autenticidad de su diseño, su carácter genuino e innovador y una alta calidad en su ejecución constructiva.

Bienalmente, las obras seleccionadas se remitirán a la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (FADEA) a fin de concursar en la instancia nacional, correspondiendo a la Argentina la elevación de cuatro (4) obras, de acuerdo a la cantidad de votos que FADEA posee en la Federación Panamericana de Arquitectos.

 

REGLAMENTO INVESTIGACION Y TEORIA

TITULO I - GENERALIDADES

Artículo 1º: OBJETIVOS

Entendiendo que la ARQUITECTURA es testimonio y se manifiesta a través de la obra construida, pero que ésta se alimenta de una actividad profunda, muchas veces no debidamente valorizada, como lo son la INVESTIGACION y la TEORIA, sin las cuales probablemente estaríamos hablando solamente de construcciones pero no siempre de ARQUITECTURA, es que el CAPBA ha decidido incentivar y reconocer esta tarea instaurando un PREMIO para este tipo de producciones.

Artículo 2º: CATEGORIAS Y AREAS TEMATICAS

Se establecen dos categorías:

  • investigadores independientes

  • investigadores patrocinados por universidades, institutos o entidades abocadas al desarrollo de esta tarea, las que deberán constar en la presentación.

-Areas temáticas

El Jurado está facultado para crear o agrupar áreas temáticas y, al solo efecto indicativo, se proponen:

  • investigaciones históricas

  • investigaciones urbanas

  • propuestas urbanas

  • investigaciones tecnológicas

  • ensayos teóricos

  • ejercicio profesional

Artículo 3º: CONDICIONES Y ENTREGA DE LOS TRABAJOS

Por las características de estos trabajos y sus posibles temas, este PREMIO tendrá solamente instancia provincial realizándose la entrega en los Distritos del CAPBA o el Consejo Superior, según las siguientes normas de presentación:

- No más de veinte (20) páginas tamaño oficio, con una síntesis de una página y todo aquel material gráfico, diskette, cassette, video, etc., que complementen el trabajo realizado.

Artículo 4º: PARTICIPANTES

Podrán participar todos los Arquitectos matriculados en el CAPBA.

En trabajos interdisciplinarios, esta condición deberá ser cumplida por los arquitectos que integren el equipo.

Artículo 5º: INSTANCIA

Se establece únicamente la instancia provincial.

Artículo 6º:ASESOR

El Consejo Superior designará un Asesor a fin de dar cumplimiento al presente Reglamento, evacuar las consultas, recibir los trabajos presentados y colaborar con el Jurado.

Artículo 7º: JURADO

El Consejo Superior designará el Jurado que, por invitación, estará conformado, como mínimo, por tres (3) Arquitectos designados por el Consejo Superior del CAPBA, considerando reconocidos antecedentes en la investigación y la teoría aplicada a la Arquitectura.

EL jurado tendrá las siguientes facultades y funciones:

  1. Podrán  crear o agrupar áreas temáticas y otorgar menciones en cada una de ellas.

  2. Una vez elegidos los premiados el Jurado confeccionará  un Acta en la cual consten los premios otorgados y los declarados desiertos, si los hubiere, como así también la correspondiente crítica.

  3. El fallo se logrará  por simple mayoría de votos, con constancia en el Acta y será inapelable.

Artículo 8º: PREMIOS

Se establecen primero, segundo y tercer premio para cada área temática otorgándose, en estos casos:

  • Medalla y diploma para cada uno de los Arquitectos autores del trabajo.

  • Un Trofeo (objeto escultórico) para el Arquitecto o el equipo autor del trabajo.

  • Si en los equipos premiados hubiese integrantes de otras profesiones a éstos se les entregará diplomas.

  • A los trabajos distinguidos con menciones se les entregarán diplomas.

A criterio del Jurado se podrán otorgar Premios Especiales reconociendo aspectos o virtudes de trabajos cuya categorización no haya sido considerada expresamente.

TITULO II – VARIOS

Artículo 9º: DEVOLUCION DE LOS TRABAJOS

El CAPBA, tanto a nivel distrital como provincial, podrá disponer por el plazo de un año de los trabajos presentados para permitir su exposición; procediendo a su devolución al concluir el mismo.

Artículo 10º: PUBLICACION

El CAPBA publicará y distribuirá anualmente los trabajos premiados, en forma gratuita entre todos sus matriculados, entidades afines e instituciones municipales, provinciales y nacionales.

Artículo 11º: ACTOS Y DIFUSION

EL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES entregará los premios en acto público y difundirá el resultado en los medios y la prensa especializada.

 

Calendario del PREMIO ANUAL 2000


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